Todo lo que debe saber sobre el impuesto predial en Bogotá este año
En general, los inmuebles más grandes o ubicados en zonas con mayor valorización pagan más, mientras que los de menor tamaño o en sectores con menor costo tienen una carga tributaria menor.
Foto: Archivo Colprensa
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El impuesto predial es un pago obligatorio para los propietarios de viviendas, apartamentos o terrenos en Colombia. Este tributo es recaudado por el municipio y se destina a financiar proyectos de infraestructura, mantenimiento de parques, alumbrado público, reparación de vías y otros servicios esenciales. El monto a pagar varía según el avalúo catastral, es decir, la estimación oficial de valor de la propiedad.

En Bogotá, el plazo máximo para pagar con un descuento del 10% por pronto pago es el 25 de abril de 2025. Para quienes no accedan a este beneficio, la fecha límite para cancelar el impuesto en su totalidad será el 11 de julio de 2025. Existe además la opción del Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario, que permite dividir el pago en cuatro cuotas sin intereses adicionales.

Todo lo que debe saber sobre el impuesto predial en Bogotá este año En general, los inmuebles más grandes o ubicados en zonas con mayor valorización pagan más, mientras que los de menor tamaño o en sectores con menor costo tienen una carga tributaria menor.
Foto: Archivo Colprensa

Para acogerse a este esquema, es necesario realizar la declaración inicial en la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda antes de 9 de mayo de 2025, con pagos programados para los días 6 de junio, 8 de agosto, 3 de octubre y 5 de diciembre del 2025.

El impuesto predial puede pagarse de diversas maneras. Los contribuyentes pueden optar por pagar el valor total con una factura única dentro de los plazos establecidos o acogerse al sistema de cuotas. Además, si un propietario no está de acuerdo con la liquidación del impuesto, puede presentar una declaración privada o solicitar una revisión del avalúo catastral.

Para realizar este pago, es necesario registrarse en la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda, donde se puede descargar la factura, liquidar el impuesto y hacer la transacción en línea de forma segura.

No pagar el impuesto a tiempo conlleva sanciones. Si la declaración no se presenta dentro del plazo establecido, se impone una multa de 1,5% mensual sobre el valor del impuesto, sin exceder el 100% del tributo. Si se corrige la declaración con un valor menor al correspondiente se aplicará una sanción del 10% sobre el monto faltante, siempre que la corrección se haga antes de que la declaración adquiera firmeza.

En 2025, Bogotá tiene un universo de 2,89 millones de predios, de los cuales 2,81 millones están obligados a pagar el impuesto predial. En años anteriores, la ciudad ha logrado un recaudo superior al 80%, lo que refleja una alta cultura de pago.

El cálculo del impuesto predial se basa en la base gravable del predio, determinada por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital. Este valor se multiplica por la tarifa establecida por el Concejo de Bogotá, respetando los límites del crecimiento del impuesto fijados en el Acuerdo 927 de 2024.

Para los predios no residenciales, el incremento máximo es la inflación anual a noviembre más ocho puntos porcentuales. En el caso de los predios residenciales, no urbanizables y áreas protegidas, el tope es la inflación anual más cinco puntos porcentuales. Para los estratos 1 y 2 con avalúos hasta 135 salarios mínimos, el aumento del impuesto no puede superar la inflación anual.

El impuesto predial es una de las principales fuentes de financiamiento del Distrito, con una meta de $5,1 billones en recaudo para 2025. Los recursos obtenidos se destinan a proyectos de inversión en infraestructura, servicios públicos, educación y salud. Para resolver inquietudes, los ciudadanos pueden acceder a diferentes canales de atención: líneas telefónicas disponibles de lunes a sábado, redes sociales como Facebook, Instagram y X, videollamadas en la web oficial y puntos presenciales en los SuperCADE de Bogotá.

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