El Gobierno Nacional de Colombia confirmó que las exigentes normas técnicas internacionales para motos, inicialmente previstas para aplicarse en 2025, han sido nuevamente postergadas. El nueva fecha oficial para la aplicación de la reglamentación se fija en agosto de 2026, según recientes comunicados de medios oficiales y sectoriales.
Origen y alcances de la regulación
La normativa en cuestión, contenida en varias resoluciones expedidas en 2022, busca elevar los estándares de seguridad para el parque motociclista del país. Entre los documentos clave se encuentran:
- Resolución 20223040065305 de 2022, que establece requisitos para rotulación e inscripción de las llantas de motos.
- Resolución 20223040044455 de 2022, referente a llantas nuevas, reencauchadas y de repuesto.
- Resolución 20223040044585 de 2022, que impone exigencias sobre componentes y sistemas de frenado, como ABS o CBS.
La exigencia de que todas las motos nuevas ensambladas o importadas estén equipadas con llantas que cumplan estándares internacionales (como el Reglamento 75 de la ONU o los estándares FMVSS de EE.UU.), constituía una medida central de esta iniciativa. Además, el diploma incluía sistemas de frenado avanzados como ABS (Anti-lock Braking System) o CBS (Combined Braking System), según el cilindraje del vehículo

Mayo de 2025: primera fecha establecida
Originalmente, se esperaba que la normativa entrara en vigor el 2 de mayo de 2025, marcando el inicio obligatorio del cumplimiento de los nuevos estándares por parte de fabricantes y distribuidores
Primera prórroga: septiembre de 2025
El Ministerio de Transporte emitió la Resolución 20253040015935 el 30 de abril de 2025, aplazando la entrada en vigencia hasta el 2 de septiembre de 2025. Esta prórroga afectó tanto las llantas como los sistemas de frenado, y aplicaba para las categorías L1 a L5
Segunda y última prórroga: agosto de 2026
En un nuevo comunicado publicado recientemente, el Gobierno Nacional confirmó que la normativa ya no entrará en vigencia en 2025, sino hasta agosto de 2026, una nueva fecha límite que será clave para garantizar una implementación adecuada

Justificaciones del Gobierno y reacción del sector
El retraso se fundamentó en diversas razones:
- El Ministerio de Transporte, en conjunto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y el Ministerio de Comercio, anunció la realización de un estudio que permita compatibilizar los reglamentos técnicos de la ONU con los estándares FMVSS, manteniendo un marco regulatorio armonizado y funcional. La idea es evitar tensiones con el comercio automotor, especialmente con Estados Unidos
- Desde la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI, el director Iván García destacó el compromiso del gremio con los nuevos reglamentos, “participando activamente en las mesas técnicas junto a las entidades correspondientes” para garantizar una transición ordenada. También resaltó que su entrada en vigencia sería clave para “proteger a los usuarios, reducir la siniestralidad y fortalecer la seguridad del parque automotor”.
Impacto esperado y próximos pasos
Este nuevo aplazamiento hasta agosto de 2026 implica:
- Más tiempo para adaptación: fabricantes, distribuidores, talleres y usuarios dispondrán de un período adicional para ajustarse a los requisitos técnicos, administrativos y comerciales.
- Comercio liberado hasta entonces: durante 2025 y hasta mediados de 2026, continuará plenamente vigente el marco regulatorio vigente basado en FMVSS, lo que evita impactos inmediatos en importaciones y cadenas de suministro.
- Refuerzo de políticas de seguridad vial: a la espera de la implementación, se espera que se intensifiquen campañas educativas y mecanismos de divulgación sobre los estándares que deberán cumplirse cuando la normativa entre en vigencia.
Colombia ha decidido postergar dos veces la implementación del reglamento internacional para motocicletas. Lo que inicialmente parecía una medida con vigencia a partir del 2 de mayo de 2025 ahora está programado para entrar plenamente en vigor en agosto de 2026.
Este aplazamiento refleja una apuesta del Gobierno Nacional por garantizar una transición ordenada, en coordinación con los actores del sector y resguardando la estabilidad del comercio automotor, mientras se fortalece el entorno de seguridad vial del país.
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