JEP cerró procesos contra 34 militares por falsos positivos
La JEP aclaró que los comparecientes no podrán reincorporarse a la fuerza pública y que deberán seguir cumpliendo estrictamente el régimen de condicionalidad.
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) concedió este viernes la renuncia a la persecución penal a 34 miembros del Batallón de Infantería No. 15 General Francisco de Paula Santander, quienes participaron en ejecuciones extrajudiciales en Norte de Santander.

Los hechos ocurrieron en 2007 y 2008, cuando seis personas fueron engañadas en Soacha y llevadas a Ocaña y Ábrego, donde fueron asesinadas y presentadas como bajas en combate.

JEP cerró procesos contra 34 militares por falsos positivos

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP concluyó que los comparecientes, quienes no fueron seleccionados como máximos responsables, cumplieron con los requisitos exigidos por la Jurisdicción para obtener este beneficio, el cual extingue la acción penal y disciplinaria. La decisión implica el archivo de los procesos judiciales en su contra y la exclusión de cualquier responsabilidad futura por los mismos hechos.

Según la Jurisdicción, los aportes a la verdad entregados durante tres audiencias realizadas en 2024 y 2025 permitieron reconstruir los hechos con un nivel de detalle superior al logrado por la justicia ordinaria. En el caso de Fair Leonardo Porras Bernal, asesinado el 11 de enero de 2008, la JEP estableció además que se configuró el crimen de guerra de tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Durante las diligencias, las familias de las víctimas –entre ellas las de Camilo Andrés Valencia, Elkin Gustavo Verano Hernández, Joaquín Castro Vásquez, Yonny Duvián Soto Muñoz y Jaime Castillo Peña– participaron activamente, haciendo preguntas directas a los comparecientes para conocer detalles sobre las muertes de sus seres queridos.

Además de los reconocimientos de responsabilidad, los militares presentaron propuestas restaurativas como actos públicos de perdón, ayudas económicas para saldar deudas funerarias y participación voluntaria en proyectos definidos por la JEP. Todos ofrecieron garantías de no repetición.

JEP cerró procesos contra 34 militares por falsos positivos La JEP aclaró que los comparecientes no podrán reincorporarse a la fuerza pública y que deberán seguir cumpliendo estrictamente el régimen de condicionalidad.

La Subsala Catatumbo también ordenó la revocatoria de incentivos, felicitaciones o reconocimientos que recibieron por los hechos, al considerar que sus acciones “desconocieron sus obligaciones constitucionales y legales” y contribuyeron a mantener la impunidad.

La JEP aclaró que los comparecientes no podrán reincorporarse a la fuerza pública y que deberán seguir cumpliendo estrictamente el régimen de condicionalidad. Entre otras obligaciones, deben abstenerse de cometer nuevos delitos, atender requerimientos judiciales y notificar cualquier salida del país por más de un año.

A la fecha, la Sala ha concedido la renuncia a la persecución penal a 148 miembros de la fuerza pública que no fueron identificados como máximos responsables en crímenes de guerra o de lesa humanidad, en el marco de la Ruta no Sancionatoria de la justicia transicional.

Redacción Colprensa.

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