El domiciliario se habría negado a llevar el gato y el hombre se habría molestado porque “estaba pagando”. Sin embargo, el mensajero estaba cumpliendo las normas, pues enviar un animal por un servicio de mensajería es ilegal y está calificado como maltrato animal.
Todo quedó grabado en video. Un trabajador de plataforma, dedicado a recoger y entregar paquetes, terminó enfrentando una insólita situación cuando un hombre le pidió que transportara a un gato dentro de un guacal para enviárselo a su hijo.
En las imágenes se escucha cómo el sujeto intenta convencerlo: “es un gato lo que va a llevar usted, mi hijo lo va a recoger, no hay ningún problema, el gato va en su guacal tranquilo, usted se lo entrega y no hay ningún problema”. Pero el joven, sin dudarlo dos veces, le respondió que no podía hacerlo, pues su trabajo es de mensajería y no está permitido trasladar animales en esas condiciones.

Lejos de aceptar lo que el mensajero le decía, el hombre insistió en que lo llevara y que enviarlo por ese medio no era maltrato animal, porque el gato iba en un guacal y que, además, estaba pagando por el servicio.
En medio de la conversación, el domiciliario cuestionó al hombre con un ejemplo: “si usted envía un niño entonces yo tengo que llevarlo aquí”, a lo que el cliente respondió que “eso es diferente”, reiterando que el animal iba “muy bien empacado”.
- Le puede interesar: Julio Coria pidió disculpas tras insultar a la Selección Colombia Sub-17
El hombre, evidentemente molesto, le preguntó varias veces por qué no iba a realizar el servicio, mientras advertía que lo reportaría en la aplicación y que llamaría a la competencia. A pesar de la presión, el domiciliario se mantuvo firme y no accedió a transportar al gato.
Controversia entre quienes dicen que sí debió llevar el gato y entre quienes apoyan al domiciliario
En el video, que ya cuenta con más de un millón de reproducciones, los comentarios se dividieron entre quienes apoyaban al domiciliario y quienes aseguraban que sí debió llevarlo porque no había nada de malo, que el “conductor era muy suave” y que “hay gente a la que no le gusta la plata“; sin embargo, las autoridades ya establecen algo diferente.
Más allá de la discusión, en la ley colombiana, los animales son considerados seres sintientes (Ley 1774 de 2016), por lo que someterlos a traslados sin las condiciones adecuadas puede constituir maltrato animal porque podría causarles malestar físico, dolor, miedo o estrés. Además, la Ley 2404 de 2024 establece las condiciones en las que la fauna silvestre y las mascotas deben ser transportadas, estableciendo que deben ir acompañadas por un tenedor o personal técnico y un espacio apto en el que cuenten con espacio, ventilación y control de temperatura.
Debido a que los servicios de mensajería convencional, y más aún los motorizados, no cuentan con las condiciones exigidas para el transporte de animales, tienen prohibido movilizarlos. Este tipo de traslado solo puede realizarse a través de servicios especializados que garanticen su bienestar.
Elija a Q’HUBO Bogotá como su fuente de información preferida en Google Noticias aquí
¿Qué tal le pareció este contenido?
¡Haga clic en una estrella para puntuar!
Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 2
Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sea el primero en puntuar este contenido.