Colombia se encuentra a la expectativa tras el caso de Catalina Giraldo Silva, una psicóloga de 30 años que solicitó formalmente el Suicidio Médicamente Asistido (SMA). Catalina padece, desde hace más de media vida, trastorno de personalidad límite, depresión y ansiedad; su historia reabre el debate nacional sobre los alcances de la muerte digna y el equilibrio entre el derecho a la vida y el derecho a morir.
Pese a haber probado múltiples terapias y enfrentar nueve hospitalizaciones psiquiátricas, Catalina afirma que nada ha dado resultado. En entrevista con Noticias Caracol, relató: “Es como una sensación de vacío con la vida, como que no hay sentido… Yo ese vacío lo siento físicamente en mi pecho y me duele”. Para ella, abrir los ojos cada mañana representa una tortura.
El proceso legal de Catalina
En 2025, Catalina se convirtió en la primera paciente en Colombia en invocar el SMA por trastornos mentales tras su despenalización en 2022. En octubre de ese año, presentó la petición ante su EPS Sanitas, pero el 12 de noviembre la entidad negó la solicitud, argumentando que “no existen condiciones normativas ni operativas para garantizar su realización segura y legal”. Ante esto, Giraldo presentó una acción de tutela con la esperanza de acceder a una muerte digna y evitar la clandestinidad.
Catalina confesó haber intentado quitarse la vida previamente de manera impulsiva, pero busca un procedimiento legal: “No quiero lastimar a mi familia. Me he preguntado si hay una forma segura de hacer esto, en la que no tenga que hacerlo a escondidas”.
¿En qué consiste el SMA?

Según la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, el Suicidio Médicamente Asistido es la “ayuda que da un médico a un paciente en respuesta a su solicitud, proporcionándole los medios para morir sin dolor por su propia acción y así poner fin a un sufrimiento intolerable o una vida que considera indigna”. La diferencia con la eutanasia radica en quién aplica el fármaco: en la eutanasia lo hace el médico, mientras que en el SMA lo hace el propio paciente.
La visión de los expertos
Nicolás Rojas, abogado de la Universidad Católica de Colombia, señala que el principal obstáculo en nuestro país es la falta de regulación: “A pesar de los múltiples requerimientos de la Corte Constitucional, el Congreso se sigue negando a materializar un marco normativo”.
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Sobre el caso de Giraldo, Rojas añade que el desafío es “demostrar médicamente que un trastorno mental es, por su naturaleza, grave e incurable”, ya que persiste el debate científico sobre su reversibilidad. Además, se cuestiona la validez del consentimiento: si una persona bajo este tipo de padecimientos goza de una voluntad verdaderamente libre e inequívoca.
Requisitos para el procedimiento en Colombia

Jimmy Jiménez, del bufete Integrity Legal, nos explica los requerimientos fundamentales para acceder al SMA:
- Que la conducta sea realizada por un médico profesional.
- Que exista un consentimiento libre, consciente e informado del paciente.
- Que la persona padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de una lesión corporal o enfermedad grave e incurable.
Lo que se puede hacer si no le dan su derecho a morir dignamente
Ante los mecanismos por los que se puede optar, Vásquez ve idóneo que se sigan agotando las instancias constitucionales como la tutela: “Un pronunciamiento de la Alta Corte podría ordenar al Ministerio de Salud la reglamentación urgente de la Asistencia Médica al Suicidio, estableciendo pautas claras para evaluar el sufrimiento psíquico derivado de trastornos mentales”. Además, recuerda que los pacientes tienen derecho a pedir una segunda opinión médica.
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