A través de una circular, en las últimas horas la Aeronáutica Civil emitió nuevas directrices sobre el uso de power banks y baterías de litio en los servicios de transporte aéreo, lo que afectará la forma en que miles de viajeros de vuelos nacionales e internacionales manipulaban estos artículos.
La actualización técnica se basa en la Adenda I del Documento 9284 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), que aborda precisamente las instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea, la cual fijaba el obligatorio cumplimiento de medidas desde el pasado 27 de marzo.
- Véalo primero en Q’HUBO: Hay bloqueos por manifestación de maestros.
¿Y ahora cómo es la vuelta con las power bank y baterías?
Exactamente, la directriz establece cuatro líneas de acción que deberán ser acatadas por los viajeros y la tripulación:

- Las power bank (o bancos de energía) están permitidas únicamente en el equipaje de mano, por lo que deberán estar en cabina junto a la persona propietaria. En ese sentido, queda expresamente prohibido su transporte en el equipaje facturado o de bodega.
- Se autoriza un máximo dos baterías de repuesto o dos bancos de energía por pasajero, por lo que quienes superen este límite se exponen a que les sean retenidas estas unidades de más por parte de las autoridades aeroportuarias.
- Las power banks no deberían usarse para recargar aparatos electrónicos mientras se esté a bordo de las aeronaves, es decir, se permitirá su uso máximo hasta antes del proceso de embarque y posterior al desembarque, nunca dentro del avión, aún si este se encuentra en tierra y estático.
- Cada unidad debe estar protegida de forma individual para prevenir cortocircuitos o activaciones accidentales, cumpliendo con el manual de pruebas y criterios de las Naciones Unidas.

Por otra parte, y siguiendo los parámetros internacionales, la Aerocivil señaló cuáles son las autorizaciones conforme a las capacidades de carga de estos dispositivos.
Cuando las power banks o las baterías tengan hasta 100 watts (wh), se permitirá su transporte aéreo habitual bajo las condiciones antes mencionadas.
- No se vaya sin leer: En Bosa: piropo desató violenta riña y dejó dos personas heridas.
Pero si estos dispositivos de carga se encuentran entre 100 Wh y 160 Wh, el pasajero deberá contar con la aprobación previa de la aerolínea para su transporte, lo que seguramente implicará que, en adelante, las empresas de transporte aéreo implementen nuevos protocolos para la identificación y registro de las baterías y bancos de energía.

Con estas disposiciones, se busca reducir los riesgos asociados a sobrecalentamientos, cortocircuitos o incendios que puedan afectar de manera grave la seguridad aérea. “Esta actualización normativa busca fortalecer la seguridad operacional y armonizar las operaciones aéreas del país con los estándares internacionales”, destacó la Aerocivil.
Elija a Q’HUBO Bogotá como su fuente de información preferida en Google Noticias aquí
¿Qué tal le pareció este contenido?
¡Haga clic en una estrella para puntuar!
Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0
Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sea el primero en puntuar este contenido.