Este sistema, que entrará en vigor el 1 de julio de 2025, está compuesto por los pilares solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual voluntario.
La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, señaló que “la reglamentación de la Reforma Pensional es una realidad y ha contado con la participación de los diferentes actores del Sistema de Protección Integral para la Vejez”.
Agregó que este proceso fue liderado por los Ministerios de Trabajo, Hacienda, Salud, Colpensiones, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), la Unidad de Reglamentación Fiscal (URF), la Superintendencia Financiera y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), y es resultado de los acuerdos alcanzados en las Mesas Técnicas.
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El borrador del decreto aborda aspectos cruciales como las condiciones de la Renta Básica Solidaria del Pilar Solidario, a cargo del DPS, y la Renta Vitalicia del Pilar Semicontributivo, a cargo de Colpensiones. Estos elementos permitirán a los ciudadanos conocer el monto de la renta a recibir y el proceso de liquidación del beneficio económico.
El documento establece las reglas para la afiliación al Sistema y la selección de la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), así como los tiempos computables para el reconocimiento de las pensiones.
Aclara que en casos de incumplimiento de aportes a pensión por parte del empleador, el cobro será responsabilidad de las ACCAI y Colpensiones.
Un punto central de la reglamentación son las dos figuras del Pilar Contributivo: el Bono Ley 2381, que sirve para conformar el capital con el que Colpensiones pagará la pensión, y la posibilidad de completar las semanas de cotización a través del sistema de equivalencias.
El borrador también incluye disposiciones generales del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, cuyo objetivo es contribuir al ahorro colectivo y público de la Nación y garantizar la sostenibilidad del sistema.

Además, se contempla el desarrollo de la prestación anticipada de vejez para aquellos que, a la edad de jubilación, completen 1.000 semanas de cotización, estableciendo la fórmula para su liquidación, la cual no podrá ser inferior a un salario mínimo legal vigente.
La reglamentación aborda la disminución progresiva del número mínimo de semanas exigido para la pensión integral de vejez de las mujeres afiliadas al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común.
En cuanto al seguro previsional, se fijan los lineamientos para el cubrimiento de los riesgos de invalidez, muerte e incapacidades temporales, a cargo del Componente de Prima Media, conforme a la Ley 2381 de 2024. La contratación de este seguro se realizará bajo la modalidad de aviso.
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En materia de comisiones, se establece una reducción gradual sobre la comisión a los aportes de los afiliados al nuevo sistema en el componente de ahorro individual, comenzando en 0.8% en 2025 y llegando a 0% en 20 años.
También se establece una comisión sobre los saldos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de las personas que se trasladan del RAIS al nuevo sistema de protección para la vejez, la cual inicia en 0.55% con incrementos escalonados del 0.05% cada 5 años, logrando una reducción cercana al 50% en los próximos 15 años.
Redacción Colprensa.
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